Sin stock

Publicado: 15 diciembre 2022

Las políticas de protección al consumidor, aunque funcionan, requieren de una mayor profundidad. Así lo demostró un reciente fallo de la Corte de Punta Arenas que confirmó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de la misma ciudad, sobre una demanda contra un proveedor que ofreció un producto a través de un Marketplace muy conocido en el país. El productor hizo una oferta sin contar con el stock del producto, por lo que no sólo fue sancionado administrativamente por infracción a la LPDC, sino también condenado al pago de una indemnización por daño moral al consumidor.

La historia, bastante recurrente en tiempos de pandemia, se trata sobre un producto que, pese a haber sido pagado en su totalidad mediante la plataforma, no sólo no llegó para la fecha que la empresa prometió enviarlo, sino que no llegó jamás. Y, cuando la consumidora hizo su tercer reclamo, el proveedor sólo le ofreció una bonificación y la devolución del precio del producto. Sin embargo, la consumidora, no aceptó y, en su lugar, denunció la conducta ante el SERNAC.

Cabe preguntarse ¿funcionarán las plataformas extrajudiciales de resolución de conflictos en línea para proteger los derechos del consumidor? En la medida que la empresa tenga costos reputacionales -que afecten sus ventas futuras- este mecanismo funcionará, sin embargo, en otros casos se requerirá la intervención del SERNAC. Lo que queda por dilucidar es si el mercado será capaz de establecer un mecanismo eficiente de relación entre ambos mecanismos, o si se requerirá un cambio legislativo.

Betty Martínez-Cárdenas
Investigadora de Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chile

Rodrigo Barcia
Decano de Derecho de la Universidad Autónoma de Chile

 

Menú
X