Recargo al medicamento más caro del mundo

Publicado : 15 de Enero 2021

Si el Estado no es capaz de otorgar «el medicamento más caro del mundo», al menos debería considerar no sobrecargar su costo: el precio es de unos 1600 millones de pesos y, adicionalmente se debe considerar otros 300 a 400 millones por concepto de impuestos. Nuestra Constitución, con todos los puntos positivos y negativos que contiene, consagra expresamente en su artículo 19 N°20, inciso segundo que, «en ningún caso la ley podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos». Y, es lo que ocurre en el caso del remedio que puede salvar la vida de Rafita.

Dr. Juan Pablo Díaz Fuenzalida Profesor de Derecho Constitucional, Universidad Autónoma de Chile

En otras latitudes se ha considerado, por ejemplo, por el Defensor del Pueblo de España que las mascarillas y el alcohol gel no deberían pagar IVA por ser de primera necesidad ante la pandemia.

En el caso concreto de Chile, me hace recordar el año 2015 cuando el SII dejó sin efecto el cobro del IVA para exámenes médicos. Criterios similares podrían considerarse por cualquier órgano recaudador, y, en caso contrario, ante un eventual cobro judicial, en el que podría requerirse de inaplicabilidad para que el Tribunal Constitucional declare inaplicable cualquier precepto legal guiado al cobro manifiestamente desproporcionado o injusto de los tributos relacionados con el medicamento que podría salvar la vida de Rafita.

Carta publicada en: La Estrella de Valparaíso, Diario El Sur y El Diario de Atacama.

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