¿Puede ser considerada la migración ilegal?

Publicado : 15 de abril 2021

El Gobierno, en el punto de prensa sobre promulgación de la nueva ley de migraciones, ha utilizado la nomenclatura de “migración ilegal”, lo cual es lamentable desde un enfoque de derechos humanos.

Ingrid Díaz Tolosa. Directora de la carrera de Derecho, Sede Santiago. Universidad Autónoma de Chile

Hace décadas el estándar internacional de protección de los migrantes recomienda el no uso de este tipo de terminología, ya que insta a los nacionales a considerar a la migración como un fenómeno de suyo negativo y a adoptar una actitud xenofóbica.

Algunos migrantes puede que estén en una situación administrativa irregular o indocumentada, pero no por ello la migración es ilegal, en el sentido de constituir un hecho delictual por sí mismo.

El ingreso clandestino al país debe ser investigado y no condenado solo por el hecho de existir un cruce por paso no habilitado, ya que en la mayor parte de los casos las personas extranjeras que así ingresan, en definitiva, son víctimas del delito de tráfico o trata de personas y, por tanto, debieran ser protegidos en tal calidad.

Así, lo recomendado es no penalizar el ingreso clandestino, sino todo lo contario, preocuparse especialmente de este grupo vulnerable de colectivo humano en cuanto son los más desamparados, social y jurídicamente.

Carta publicada en Diario Financiero

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