Derecho a la identidad familiar de menores chilenos hijos de migrantes

Publicado : 04 octubre 2021

Artículo de investigador de la Universidad Autónoma de Chile analiza el tema de los niños nacidos en Chile de padres extranjeros cuando éstos son sancionados con expulsión por comisión de delitos, desde la perspectiva de la aplicación de derechos identitarios de niños, niñas y adolescentes fundados en los artículos 7 a 11 de la Convención de Derechos del Niño.

Hace poco más de una semana el Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la PDI de Tarapacá comunicó la expulsión de 49 extranjeros por delitos de alta connotación social, como por ejemplo asociación ilícita, trata de personas y porte ilegal de armas.  

¿Qué sucede con los hijos de estos extranjeros frente a la separación que sufren de sus padres cuando estos últimos son sancionados con la expulsión del territorio nacional por vía de resolución administrativa proveniente del Ministerio del Interior a consecuencia de comisión de delitos?  

Los derechos del niño son un conjunto de normas jurídicas que protegen a las personas hasta cierta edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos en ninguna circunstancia.  

«Casi nunca, el argumento de los derechos de identidad familiar ha sido considerado en las resoluciones judiciales, encontrándose sentencias que, incluso, señalan que su presencia no puede invocarse en estos casos, o como señalan literalmente, que en estos asuntos, la existencia de hijos es considerada, pero cuando media la comisión de un delito se borra toda consideración al efecto» Nicolás Ibáñez, docente de Derecho Civil y Familia de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chile, y autor de un artículo que forma parte del libro de 30 años de la Convención de Derechos del Niño recientemente publicado por Thomson Reuters.  

El texto analiza así los derechos identitarios en cuanto a la noción del niño a vivir en familia, no ser separado de sus padres y el derecho de reunificación familiar, para luego explicar cómo dicho marco normativo es, o no, considerado a la hora de resolver las cuestiones de expulsión de adultos, padres y madres.  

Determinada dicha expulsión por vía administrativa, las personas que por aquellas quedan afectas recurren a las Cortes de Apelaciones nacionales por vía recurso de amparo a fin de intentar revertir la decisión Ministerial, argumentando, entre otros aspectos o de manera exclusiva, la existencia de tener hijos chilenos menores de edad, niños y niñas que por ser nacionales tienen derecho a estar en Chile.   A

sí, invocan la existencia de la familia, el interés superior, y en muchos casos el hecho que, si se mantiene la medida decretada, los niños quedarán solos o bajo la dependencia del Estado.  

«No habrá argumento más poderoso que la unión de padres, madres e hijos en el vínculo propio que la crianza proporciona y exige, especialmente cuando lo que se solicita no es dejar de cumplir una medida judicial decretada, en cuanto no se reclama inocencia o indulto, sino que solo se solicita que, tras cumplir la sanción que los Tribunales han impuesto, no se les dé la sanción extra de expulsión, para así continuar en la labor propia de ser padre o madre de sus hijos chilenos» analiza Nicolás Ibáñez, quien también es presidente de la Red de abogados por la niñez REDAN Chile.  

Aún en los casos que existe consideración a los derechos de identidad familiar, este no es el argumento central ni decidor del asunto, es decir, que contribuye a la decisión de revocar la expulsión del migrante, pero no es la causa por la que se revoca finalmente su expulsión.   «Las razones de dichos razonamientos judiciales no son del todo claras ni conocidas. La doctrina deberá volver más adelante sobre estos puntos y de las consecuencias que de ello deriva, especialmente en épocas en las que hoy nos toca, quizás más que nunca, demostrar cuánto se quiere en Chile al amigo cuando es forastero» finaliza el abogado.

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