En el día internacional del migrante enfatizamos la importancia de su inclusión en los Estados de acogida

La Asamblea General de la Organización Internacional de las Naciones Unidas ha establecido una serie de “días internacionales” con la finalidad de promover, mediante la reflexión y la sensibilización, especialmente en ese día, alguna temática relacionada con alguno de sus ámbitos de acción. Así, existe un calendario de celebraciones mundiales. El 4 de diciembre de 2000 por Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas (55/93) se proclamó el Día Internacional del Migrante.

Ingrid Díaz Tolosa. Directora de la carrera de Derecho, Sede Santiago. Universidad Autónoma de Chile
Conforme a la medición realizada por Migration Policy Group sobre el índice de política de integración de migrantes en 52 Estados, Chile se posiciona en el lugar 22, con 53 puntos (MIPEX 2020). Esto permite clasificarlo dentro de la categoría de “Igualdad en el papel”, esto es que los inmigrantes disfrutan de los mismos derechos y seguridad a largo plazo, pero no de las mismas oportunidades.
 
Luego, sería relevante avanzar en las áreas de acceso al mercado de trabajo y de educación a través de la creación de políticas públicas y acciones concretas a nivel local, en aquellas comunas con mayor porcentaje de población migrante, para apoyarlos con información y posibilidad de encuentro con oportunidades laborales formales; programas nacionales específicos de colocación de empleo de mujeres y jóvenes migrantes; programas de inserción de extranjeros en el área educativa como docentes; programas de apoyo y reforzamiento educativo a personas migrantes; campañas de sensibilización a la comunidad con enfoque respeto a la diversidad y a la interculturalidad.
 
Un área altamente rankeada en el Mipex 2020 es la salud (73 puntos de un máximo de 100). Si bien se ha avanzado en normas que permiten el acceso a la atención incluso en caso de migrantes irregulares, su ejercicio efectivo aún está en desarrollo, diversos estudios demuestran que permanecen barreras de acceso, pues queda al criterio discrecional del funcionario del centro hospitalario el calificar el estado de urgencia o la carencia de recursos de la persona migrante que requiere la atención. Así, por ejemplo, Informe de fiscalización de la Superintendencia de Salud de 2019 arrojo un nivel de cumplimiento de la normativa de atención al usuario migrante solo de un 47%.
 
Ciertamente, es necesario mejorar en difusión, capacitación y coordinación de los diversos actores para avanzar en la creación de una verdadera cultura antidiscriminación y una efectiva protección en la práctica de los derechos de las personas migrantes. Además de efectuar una verdadera planificación de la gestión migratoria, en el sentido de posibilitar el encuentro de los migrantes con las fuentes laborales y de acompañarlos en su inclusión social y empoderamiento para acceder a una calidad de vida digna.
 
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